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domingo, 4 de agosto de 2019

POLICIAS DEBEN USAR SUS ARMAS Y NO SER ENJUICIADOS

Análisis | ¿En qué casos un policía está autorizado para utilizar su arma?

Tres expertos explican las circunstancias en las que un arma de fuego podría ser usada a propósito de la prisión preventiva dictada contra el agente Elvis Miranda Rojas.
El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Castilla, Piura, dictó siete meses de prisión preventiva contra el suboficial de tercera Elvis Joel Miranda Rojas por abatir a un presunto delincuente. | Fuente: RPP
Esta semana se dio a conocer que el agente de la Policía Nacional del Perú (PNP) Elvis Miranda Rojas fue enviado a prisión preventiva por siete meses por abatir a un delincuente durante una intervención policial en Piura. Una de las voces que se mostró en contra fue la del ministro del Interior, Carlos Morán.
“O están con los delincuentes o con la policía", expresó el ministro tras reunirse con los familiares del agente PNP. En agosto del 2015, el Ejecutivo publicó el decreto legislativo N° 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Esta norma se dictó días después de que un video mostrara cuando policías disparaban a manifestantes que mantenían bloqueada la Carretera Central, a la altura del distrito de La Oroya (Junín).
RPP Noticias contactó a tres expertos, quienes participaron en Ampliación de Noticias este domingo y dieron más luces sobre el uso adecuado de las armas en policías.

Medida desproporcional

El especialista en Derechos Humanos, Miguel Huertas, señala que existe un manual en el que explica las funciones de los policías el cual debió de ser analizado antes de que se le dicte la prisión preventiva al agente policial.
“En el manual se precisan las instrucciones y circunstancias en las que el personal policial puede hacer repelo del arma de fuego”, precisó. Bajo las circunstancias en las que se encontraba el agente Miranda, indicó que “la acción de persecución implicada un riesgo en su vida y el de otro ciudadano”.
“Lo que cuestiono es por qué la prisión preventiva cuando pudo haberse aplicado la comparecencia restringida”, apunta.

Zonas específicas

De acuerdo con el decreto legislativo, solo se puede disparar contra la otra persona causándole lesiones graves cuando el agente policial “es puesta en riesgo real, inminente y actual por quien se está fugando”.
Sin embargo, para Thomas Saldias, vicepresidente de la asociación peruana de propietarios legales de armas de fuego, nadie podría disparar directamente cuando se encuentra en una persecución.
“Si una persona falta el respeto a la autoridad y se permite el uso de la fuerza letal, hay una confusión con respecto a decir ‘no le disparen al cuerpo, sino a los pies’, pero eso no es oportuno porque ni el mejor de los tiradores en un momento de persecución lo podrá hacer con precisión”, indico.

Uso del arma

Para el ex director de la PNP, general Luis Montoya, la ley es bastante clara y le da potestad al policía para actuar frente a un caso de riesgo inminente en medio de una operación policial.
"Esto es bien claro, el policía está en servicio los 365 días del año y las 24 horas del día. Si el policía ve el ataque a una persona, así esté en día libre, tiene la obligación de intervenir y usar el arma que se le ha dado", refiere.
Según el general, el uso del arma de fuego va acorde según la peligrosidad del oponente. "Si ya se hicieron los disparos reglamentarios que son como máximo 3, y los delincuentes están corriendo o en fuga no vamos a esperar que nos disparen. Cuando uno está en enfrentamiento tiene que darle al blanco, nosotros tenemos que defender a la ciudadanía de la delincuencia", agrega.
En agosto del 2015, el Ejecutivo publicó el decreto legislativo N° 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Esta norma se dictó días después de que un video mostrara cuando policías disparaban a manifestantes que mantenían bloqueada la Carretera Central, a la altura del distrito de La Oroya (Junín). En ese entonces, pobladores y trabajadores de Doe Run acataban un paro indefinido.

POLICIAS PODRAN USAR SUS ARMAS SIN SER ENJUICIADOS

Policías y militares podrán usar sus armas sin ser enjuiciados

POLÉMICA LEY. Algunos congresistas y analistas consideran que podría ayudar a combatir la delincuencia, mientras que otros señalan que podría generar casos de impunidad y violaciones de derechos humanos.



Los analistas coinciden en que hace falta más capacitación para el uso de armas y que la ley sea reglamentada. (Heiner Aparicio)
Los analistas coinciden en que hace falta más capacitación para el uso de armas y que la ley sea reglamentada. (Heiner Aparicio)


Redacción PERÚ21
Redacción PERÚ21
El Gobierno oficializó ayer la modificación de un inciso del Código Penal mediante el cual convierte en inimputable a policías y militares que al hacer uso de la fuerza letal produzcan lesiones o muerte, en casos de peligro inminente que pongan en riesgo la vida, la integridad corporal o libertad personal o de terceros.
"(Está exento de responsabilidad penal) el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte", indica la Ley 30151, que tiene las rúbricas del titular del Congreso, Fredy Otárola, y del presidente Ollanta Humala.
La promulgación de esta norma fue motivo de controversia entre quienes consideran que puede contribuir al combate a la delincuencia y aquellos que creen que puede incrementar los excesos de las fuerzas de seguridad e incluso presentarse violaciones de derechos humanos.
"No se trata de una carta blanca para que los policías maten a los ciudadanos. Los policías y militares están formados para actuar de acuerdo a la ley, y no se debe pensar que por una ley el policía va a salir a matar a personas", señaló el legislador fujimorista Pedro Spadaro.
El parlamentario, autor de la propuesta legislativa, agregó que con esta norma se busca restablecer el principio de autoridad en el país "ya que los familiares y los mismos delincuentes y terroristas no dudan en denunciar a los policías cuando usan, en forma reglamentaria, sus armas de fuego".
Al respecto, el general PNP ® Eduardo Pérez Rocha, exjefe de la institución policial, opinó que es algo positivo para la seguridad ciudadana, pues el policía ya no se sentirá limitado al momento de que deba intervenir cuando ocurra algún hecho delictivo.
"Cabe precisar que (el policía o militar) solo está exceptuado –de no ser procesado judicialmente– cuando use la fuerza letal frente al presunto delincuente, que esté poniendo en riesgo la vida del efectivo y de otras personas. No se aplica en casos que, por impericia o negligencia, hiera o cause el fallecimiento de un inocente", explicó a Perú21.
Por su parte, el congresista Daniel Mora (Perú Posible) coincidió con Pérez Rocha en que es una ley que favorecerá la labor de las fuerzas de seguridad.
"El tema está en establecer cuáles son los límites del personal policial en el uso del arma de fuego, en casos extremos. Muchas veces, los delincuentes saben que los efectivos no pueden utilizarlas, porque la ley impone muchas limitaciones, y se aprovechaban de esta situación", afirmó en diálogo con este diario.
No obstante, Mora anotó que "debe haber más capacitación del personal policial, entrenamiento, mayor conocimiento del reglamento sobre el momento en que se deben emplear las armas y, además, exámenes psicológicos".
FUEGO CONTRA FUEGOEntre tanto, el coordinador del área de Seguridad Ciudadana de Instituto de Defensa Legal (IDL), César Bazán, sostuvo que la referida norma podría generar impunidad y ser utilizada de manera indebida en casos de movilizaciones.
"Es una ley peligrosa porque puede ser usada para pretender reprimir las protestas sociales. Y si en esos operativos policiales hay heridos o muertos, todo quedaría en la impunidad. Ya no habría responsabilidad penal en los policías que cometieran esos excesos", manifestó a Perú21.
"Esta legislación se debatió en medio de las fiestas de fin de año recientes. Nadie estaba atento a este tema", añadió Bazán.
Apuntó que la norma anterior establecía que el "uso reglamentario" de las armas no traía como consecuencia la responsabilidad penal, y que lo que se ha modificado ayer es, precisamente, ese punto que conlleva a la impunidad.
TENGA EN CUENTA
- El exministro del Interior Fernando Rospigliosi consideró que la ley crea ciudadanos de "primer y de segundo orden", pues opinó que un civil no está protegido por esa norma, pero un policía o militar fuera de servicio podrían usar sus armas bajo esa ley. "Es absurdo", dijo.
- El director del Equipo Peruano de Antropología Forense, José Pablo Baraybar, calificó la ley como una "barbaridad".
- En los considerandos del proyecto de ley, en los que se basa la norma promulgado ayer, se recogieron argumentos de organismos internacionales de DD.HH.